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Residencia

Si usted es un ciudadano de un país exterior, su primer enfoque debe ser obtener una visa inmigrante antes de poder continuar y obtener residencia permanente legal. En la Oficina Legal de Brancaccio y Asociados, ofrecemos asesoría con experiencia durante tu viaje para convertirse un permanente legal.

Tipos de Visas Inmigrantes

Basado en el Empleo
Las visas de inmigrante basadas en el empleo se pueden otorgar a las siguientes personas, entre otras:
  • Inmigrantes con habilidades extraordinarias en arte, ciencia, o negocios
  • Gerentes y ejecutivos de empresas multinacionales
  • Inmigrantes con grados avanzados
  • Inmigrantes con ofertas de trabajo y Licenciatura o superior
  • Inversionistas inmigrantes con inversión substancial en Los Estados Unidos.

Basado en la Familia
Si usted cae en una de las siguientes categorías, puedes obtener una Visa inmigrante Basada en la Familia:

  • Pariente inmediato de un ciudadano de los Estados Unidos
  • Cónyuge o hijo soltero de un residente permanente legal
  • Hijo adulto de un ciudadano
  • Hermano de un ciudadano estadounidense
  • Adoptado por un ciudadano de los Estados Unidos
  • Otro

Visa de Novio
Esta visa permite a un ciudadano de los Estados Unidos traer un prometido extranjero que vive en el extranjero a Estados Unidos para casarse.

>> Visas EB 1-2-3-4-5

Aproximadamente 140,000 visas de inmigrantes están disponibles cada año fiscal para extranjeros (y sus cónyuges e hijos) que buscan emigrar en función de sus habilidades laborales. Si tiene la combinación de habilidades, educación, y/o experiencia laboral y es elegible, es posible que pueda vivir de permanente en los Estados Unidos. Gerentes y ejecutivos de empresas multinacionales.

Visa EB1
Usted puede ser elegible para una visa de primera preferencia basada en el empleo si tú tienes una habilidad extraordinaria, es un profesor destacado o investigador, o es un ejecutivo o gerente multinacional. Cada categoría ocupacional tiene ciertos requisitos que deben cumplirse.

Visa EB2
Usted puede ser elegible para una visa de segundo preferencia basada en el empleo si tú eres un miembro de las profesiones que poseen un título avanzado o su equivalente, o eres un extranjero que tiene una capacidad excepcional.

Visa EB3
Usted puede ser elegible para una visa de tercera preferencia basada si tú eres un trabajador calificado, profesional, u otro trabajador. “Trabajadores calificados” son personas cuyo trabajo que requiere un mínimo de 2 años de capacitación o experiencia laboral, no de carácter temporal o estacional. Los “profesionales” son personas cuyo trabajo que requiere al menos un título bachillerato en los Estados Unidos o un equivalente extranjero y son miembros de las profesiones. La subcategoría “otros trabajadores” es para personas que realizan trabajos no calificados que requieren menos de 2 años de capacitación o experiencia, no de carácter temporal o estacional.

Visa EB4
Usted puede ser elegible para una visa de cuarta preferencia si tú eres un inmigrante especial. Los siguientes inmigrantes especiales son elegibles para la cuarta visa de preferencia:

  • Trabajadores religiosos
  • Difusores
  • Traductores Iraquíes/Afganos
  • Iraquíes que han asistido a los Estados Unidos
  • Organización Internacional de Empleados
  • Médicos
  • Miembros de la Fuerzas Armadas
  • Empleados de la OTAN-6
  • Cónyuges e hijos de empleados fallecidos de la OTAN-6

Visa EB5
Visas de Inversionista USCIS administra la programa EB-5. Bajo este programa, los empresarios (y sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años) son elegibles para solicitar una tarjeta de residencia (residencia permanente) si hacen la inversión necesaria en una empresa comercial en los Estados Unidos; y crear o conservar 10 empleados permanentes de tiempo completo para trabajadores calificados de los Estados Unidos.

Tipos de Visas de No Inmigrantes

Visa B1/B2 es una categoría de visas de no inmigrantes emitido por el gobierno de los Estados Unidos a los ciudadanos extranjeros buscando entrada para un periodo temporal. Los dos tipos de visa B son la visa B-1, emitido a aquellos que buscan entrada para propósitos de negocios, y la visa B-2, emitido a aquellos que buscan entrada para turismo u otro fines no comerciales.

La visa de negocios B-1 es para personas entrando los Estados Unidos temporal para actividades de negocios como reuniones, conferencias, consultaciones, negocios, asentamiento de una finca, participación de entrenamiento a corto plazo. Titulares de visas B-1 no pueden trabajar cuando están en los Estados Unidos, ni pueden ser pagados por una fuente en los Estados Unidos.

La visa de negocios B-2 es una visa no inmigrante para personas entrando los Estados Unidos para placer o tratamiento médico. La visa B-2 es comúnmente referida como una visa de turista. Personas con una visa B-2 no pueden estudiar o trabajar durante su estancia en los Estados Unidos. En ciertos casos, titulares de visa de turista pueden participar en cursos que son recreativos y no basadas en créditos. Estos cursos no deben durar más de 18 horas por semana. Un ejemplo sería una turista que asiste a un taller de danza durante dos días durante una visita con fines puramente turísticos; no se obtienen créditos y el aprendizaje fue para fines recreativos.

B1/2: Extranjeros deben probar que ellos planean permanecer por un periodo de tiempo limitado específico, tienen los fondos para cubrir los gastos del viaje y el estadía en los Estados Unidos, tienen una residencia fuera de los Estados Unidos en la cual no tienen intención de abandonar, así como otros lazos vinculantes que garantizaran el retorno al exterior al finalizar la visita.

VISAS F – Visa de Estudiante
Si desea realizar estudios académicos o vocacionales a tiempo completo en los Estados Unidos, puedes ser elegible para una de los dos categorías de estudiantes no inmigrantes. La categoría “F” es para estudiantes académicos y la “M” es para estudiantes vocacionales.

Visas Inversores E1 y E2
El clasificación no inmigrante E-1 permite un nacional de un país del tratado (un país con el que los Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación) ser admitido en los Estados Unidos solamente para participar en el comercio internacional en su propio nombre. Ciertos empleados de tal persona o de una organización calificativa también poder ser elegible para esta clasificación.

Para ser calificativo para la clasificación E-2, el inversor del tratado debe:

  • Ser un nacional de un país con el que los Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación
  • Han invertido, o estar activamente en el proceso de inversión, una cantidad, sustancial de capital en una empresa buena fe en los Estados Unidos
  • Buscando a entrar los Estados Unidos solamente para desarrollar y directa empresa de inversión. Estoy es establecido mostrar al menos 50% propiedad de la empresa o posesión de control operacional por un posición directiva u otro dispositivo corporativo.

VISA H1B: es un visa de especialidad de no inmigrante que significa que el titular es empleado en un posición que requieren habilidades especializadas o conocimiento. Trabajos que adaptan a la visa H1B típicamente necesitan un título universitario o su equivalente (lo que puede significar 3 años de experiencia laboral por cada año que normalmente se gastaría en la universidad). La posición deber ser por uno que normalmente requieren ese nivel de experiencia.
La visa es válida por tres años, con una excepción posible extensión adicional de tres años, haciendo seis años estancia máxima en total.
Cada aplicación de visa H1B debe ser patrocinado por una compañía válida. Así que el individuo debe tener una oferta de trabajo, educación, o internado antes de enviar la aplicación

USCIS normalmente emite una máxima de 65,000 visas H1b regular cada año, con algunas excepciones:

  1. Las primeras 20,000 visas otorgadas a la gente que tienen maestrías o superiores no cuentan contra el límite.
  2. Visas para gente entrando los Estados Unidos para trabajar in educación más alta o en organizaciones de investigación/sin fines de lucro afiladas también puede estar exento del tope.
  3. 6,800 visas normalmente son reservados para ciudadanías de Chile o Singapur, bajo de la visa especial H1-1B. Este número es deducido del total (65,000 regular más 20,000 maestros) asignación de visa. Por los límites estrictos, visas se otorgan en forma de lotería. Esto significa que no hay garantía de que, incluso si califica, se le otorgara su H1B.

Categoría VISA H2B es una de las categorías que autoriza trabajadores no calificados a trabajar en los Estados Unidos. La categoría de visa H2B es un recurso para muchos empleadores de los Estados Unidos confían en para satisfacer sus necesidades temporales o estacionales que serían imposibles de satisfacer con los trabajadores de Estados Unidos. Pequeños pueblos turísticos, por ejemplo, no sería capaz de dotar a los muchas tiendas, restaurantes, y tiendas recreativas que son llenos de clientes durante sus mesas de verano sin llenando al menos algunos de esos trabajos temporales con trabajadores extranjeros. Patrocinando trabajadores extranjeros para la visa H2B puede ser un proceso difícil por la popularidad de la categoría de la visa. Cada año, sólo un número limitado de visas temporales H2B son disponible para trabajadores. Este límite numérico es referido como un “tope”. Topes controle el número de trabajadores que puede emitir una visa en un año fiscal dado para entrar los Estados Unidos conformidad a una clasificación no inmigrante particular.

VISAS L El clasificación de no inmigrantes L-1A deja un empleador de Estados Unidos a transferir un ejecutivo o gerente de una de sus oficinas extranjeras asociadas a uno de sus oficinas en los Estados Unidos. Esta clasificación también deje una compañía extranjera que no tiene una oficina asociadas en los Estados Unidos mandar un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de establecer uno.
La clasificación no inmigrante L-1B deja un empleador transferir un empleado profesional con conocimiento especializado relacionado con los intereses de la organización de una de sus oficinas extranjera asociada a una de sus oficinas en los Estados Unidos. Esta clasificación también deja una compañía extranjera que no tiene una oficina asociada en los Estados Unidos mandar un empleado con conocimiento especializada a los Estados Unidos para establecer uno.

VISA O: La visa de no inmigrante O-1 es para el individual que tiene capacidad extraordinario en los ciencias, negocios, o atletismo, o quien tiene un historial demostrado de logros extraordinarios en industria cinematográfica o televisiva y ha sido reconocida a nivel nacional o internacional por esos logros.

La clasificación de no inmigrante O es comúnmente conocido como:

  • O-1A: individuos con una habilidad extraordinaria en ciencias, educación, negocios o atletismo (sin incluir las artes, las películas o la industria de la televisión)
  • O-1B: individuos con una habilidad extraordinaria en las artes o logros extraordinarios en la industria cinematográfica o televisiva
  • O-2: individuos que acompañarán a un O-1, artista o atleta, para ayudar en un evento o desempeño específico. Para un O-1A, la asistencia del O-2 debe ser una “parte integral” de la actividad del O-1A. Para un O-1B, la asistencia del O-2 debe ser “esencial” para completar la producción del O-1B. El trabajador de O-2 tiene habilidades y experiencia críticas con el O-1 que un trabajador de los EE. UU. No puede realizar fácilmente y que son esenciales para el desempeño exitoso del O-1
  • O-3: personas que son cónyuge o hijos de O-1 y O-2

VISAS P1-P2-P3 – La clasificación P-1 se aplica a usted si viene a los EE. UU. Temporalmente para realizar una competencia atlética específica como atleta, individualmente o como parte de un grupo o equipo, a un nivel de rendimiento reconocido internacionalmente.

La clasificación P-1B se aplica a usted si viene a los Estados Unidos temporalmente para actuar como miembro de un grupo de entretenimiento que ha sido reconocido internacionalmente como sobresaliente en la disciplina por un período de tiempo sostenido y sustancial.

La clasificación P-2 se aplica a usted si viene temporalmente a actuar como artista o artista, individualmente o como parte de un grupo, que actuará bajo un programa de intercambio recíproco entre una organización en los Estados Unidos y una organización en otro país.

La clasificación P-3 se aplica a usted si viene temporalmente a actuar, enseñar o entrenar como artistas o artistas, individualmente o como parte de un grupo, bajo un programa que es culturalmente único.

Visa Q – puede ser elegible para una visa de no inmigrante Q-1 si desea participar en un programa de intercambio cultural internacional. El programa de intercambio Q para no inmigrantes tiene el propósito de proporcionar capacitación práctica y empleo, y compartir la historia, cultura y tradiciones de su país de origen con los Estados Unidos.

Convertirse en Ciudadano

Hay muchos pasos involucrados en el proceso de convertirse en ciudadano estadounidense. Debido a que el proceso de inmigración implica sus propios obstáculos y obstáculos únicos, será aconsejable trabajar con un profesional con conocimientos. Nuestros abogados pueden prepararlo para cada paso del proceso de ciudadanía y ayudarlo a prepararse para el éxito final. La ciudadanía puede ser adquirida por:

Solicitar un certificado de ciudadanía
Solicitar un pasaporte de los Estados Unidos con el Departamento de Estado de los EE. UU.
Solicitar la naturalización si ha sido residente permanente legal durante tres años si está casado con un ciudadano estadounidense o cinco años de lo contrario

 

Asilo

En los Estados Unidos, nuestro gobierno otorga protección legal a personas seleccionadas que solicitan asilo aquí. Ya sea que ingresó a los Estados Unidos legal o ilegalmente, puede protegerse de la deportación solicitando asilo. El asilo también se puede otorgar a los refugiados que aún no han ingresado a los Estados Unidos. El asilo se otorga a una persona que puede demostrar un temor creíble de persecución en su país de origen basado en cualquiera de los siguientes:

Raza
Religión
Puntos de vista políticos
Membresía en cierto grupo social

 

 

Audiencias de Expulsión y Deportación

Hay varias formas de evitar la deportación, incluida la salida voluntaria, la cancelación de la deportación en función de su residencia continua en los EE. UU. O el ajuste de su estatus migratorio a residencia permanente. También puede completar el proceso de ciudadanía, completar una exención por sus condenas penales pasadas o solicitar asilo político, con la esperanza de permanecer en el país. Las personas pueden ser colocadas en procedimientos de deportación o deportación porque:

Haber cometido un delito aquí en los EE. UU.
Haber cometido una violación del estado migratorio
Haber ingresado ilegalmente a los Estados Unidos
Está viviendo en los Estados Unidos sin la documentación adecuada.

 

 

Apelaciones

Si a usted o un ser querido se le ha negado la naturalización, la ciudadanía, una Tarjeta Verde o cualquier tipo de residencia permanente en los Estados Unidos, nuestros abogados pueden ayudarle. Es posible que podamos presentar una apelación en su nombre en un intento de asegurar el resultado que desea. Como defensores feroces de nuestros clientes, entendemos lo importante que es cada caso de inmigración para cada familia que conocemos. Muchos inmigrantes han vivido en los Estados Unidos durante años sin poder obtener un estatus legal permanente. Muchas personas enfrentan deportación o expulsión forzada, se les niega su visa u otro problema que podría resultar en la pérdida de su estado residencial y sustento aquí en los EE. UU. Si va a presentar una apelación en su caso de inmigración, podemos ayudarlo a presentar Tu caso.

Descargo de responsabilidad: tenga en cuenta que la información contenida en esta página debe ser utilizada únicamente con fines informativos y no pretende ser un asesoramiento legal. Si desea obtener más información, o si tiene preguntas, llame a nuestra oficina en los EE. UU. Al 1.772.261.8858 o en Italia +011.39.08. 9771291.

¿Cómo podemos ayudarte?

Ley de Inmigración de los EE. UU. que incluye:
- Peticiones Familiares
- Patrocinios de empleadores
- Defensa de Deportación
- Asilo politico  y casos humanitarios

- Víctimas de delitos/crimen
- Naturalización y Ciudadanía
- Apelaciones - Casos Federales
- Derecho Internacional
- Derecho italiano